Una urgencia médica en el exterior se paga en la moneda del país y sin convenio. La asistencia de viaje cubre atención médica, medicamentos, odontología de urgencia, pérdida de equipaje y cancelación del viaje por causas cubiertas.
Para el espacio Schengen es obligatoria y con un mínimo de cobertura definido; para Cuba también se exige. En el resto de destinos no es obligatoria, pero es la mejor relación entre lo que cuesta y lo que evita.
Qué suele cubrir
- Atención médica y hospitalaria por enfermedad o accidente.
- Medicamentos y odontología de urgencia.
- Demora, pérdida o daño del equipaje.
- Cancelación o interrupción del viaje por causas cubiertas.
